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    Buscan regular el uso de monopatines eléctricos: qué dice el proyecto

    Concejales del bloque Frente de Todos presentaron un proyecto de ordenanza para regular este tipo de "vehículos de movilidad personal". Entre los puntos, estipula reglas de seguridad, como llevar casco, tener iluminación y un sistema de frenos adecuado. Los menores de 16 años no podrán usarlos en la vía pública.

    26 de octubre de 2022 | 13:28
    Buscan regular el uso de monopatines eléctricos: qué dice el proyecto

    Este jueves ingresa formalmente al Honorable Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza firmado por concejales del Frente de Todos que busca regular el uso de monopatines eléctricos.

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    El proyecto, que lleva la firma de Rita Leguizamón, Gastón Casco, Silvina Ibern, Candelaria Cuscuela, Juan Cruz González y Pablo Vlaeminck, considera a este tipo de vehículos como beneficiosos para “descomprimir el tránsito vehicular y bajar la contaminación”.

    Además, indican que el hecho de no ser considerados ciclomotores no significa que no deban cumplir con medidas de seguridad, que la Agencia Nacional de Seguridad Vial establece para este tipo de vehículos considerados “de movilidad personal”.

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    Esta categoría, indica la ordenanza, se refiere a los vehículos “de una o más ruedas destinado al traslado de personas y autopropulsado por motorización eléctrica, o cualquier otro tipo de motorización”.

    Los requisitos que deberán cumplir quienes se movilicen en monopatines eléctricos a partir de la sanción de la ordenanza —el oficialismo tiene mayoría para la votación— incluyen contar con un sistema de freno que permita una detención total, luces (al menos una delantera blanca y una trasera roja), casco, bocina y limitador de velocidad (30 km/h).

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    En tanto, las prohibiciones que establece determinan que no se puede circular por veredas y zonas exclusivas para peatones; y que está prohibido estacionarlos en las veredas o rampas para personas con discapacidad.

    Tampoco se puede usar teléfono, auriculares o sistemas de comunicación que distraigan al conductor; ni conducir bajo los efectos del alcohol o drogas “cualesquiera fuera su concentración en el organismo”. Por último, expresa que no pueden ser utilizados por menores de 16 años.

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