Aumento de la luz: Coopser ayudará a los socios a tramitar la tarifa social
La cooperativa difundió que asistirá a quienes deseen acceder al beneficio, que se tramita a través del Sistema de Identificación Nacional Tributaria y Social. Personal de Coopser estará a disposición de los socios para cargar los datos con los que luego el Estado nacional evaluará si los requisitos permiten que el usuario pague con descuento.
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Desde que el gobierno nacional discontinuó los subsidios a las tarifas del servicio de electricidad y dispuso aumentos que generaron quejas y reclamos de los usuarios, existe la denominada "tarifa social", que permite que quienes cumplan determinados requisitos paguen una factura diferenciada.
Sin embargo, las posibilidades de acceso al beneficio se reducen para diversos sectores que no pueden hacer el trámite online en el Sistema de Identificación Nacional Tributaria y Socia (SINTyS), mediante el que se tramita la solicitud de cruce de datos para que se aplique el descuento.
Ante ello, y en medio de reclamos por el aumento de luz y por la manera en que el Consejo de Administración gestiona la cooperativa, Coopser —dos años después de que exista esta nueva modalidad— anunció que asistirá a sus socios que deseen hacer el trámite para obtener la tarifa social.
En las oficinas de Mitre 1200, la cooperativo dispuso personal abocado a "un servicio especia" de asesoramiento para "facilitar la elevación del trámite obligatorio para ingresar en el beneficio de la tarifa social", informaron en un comunicado.
"La gestión debe realizarse vía Internet a través del Sistema de Identificación Nacional Tributaria y Social, y nuestro personal los asistirá para la carga de los datos con los que se evaluará si cumple los requisitos de elegibilidad establecidos", explicaron.
Pueden solicitar la tarifa social los titulares de medidores que sean jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia con una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles, es decir hasta 19.000 pesos.
También pueden acceder al beneficio los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere ese mismo monto y los que perciban una pensión no contributiva menor a esa suma de de dnero.
Los titulares de programas sociales, los inscriptos en el régimen de monotributo social y quienes estén registraas en el régimen especial de seguridad social para empleados del Servicio doméstico, así como quienes perciban seguro de desemple, sean titulares de una pensión por excombatiente de Malvinas o cuente con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
"Quedan excluidos de este beneficio los titulares de más de una propiedad en el Registro de Propiedad Inmueble, quienes posean vehículos de menos de 10 años de antigüedad con la excepción de aquellos que posean certificado de discapacidad o electro dependencia y quienes registren a su nombre embarcaciones de lujo o aeronaves", dicen los requisitos.
Coopser aclaró que la cooperativa "no tiene facultades para resolver estas solicitudes y que la información es enviada al Ministerio de Energía para su análisis" y que quienes quieran hacer el trámite de manera personal pueden hacerlo en la web www.minem.gob.ar/formulario.


