Arena, minería y Conindelta: las aclaraciones de Hopman tras el proyecto de Rivas
El concejal opositor elevó un proyecto para crear una Dirección de Producción Minera municipal para "la promoción, control y recaudación de la explotación de bancos de arena existentes" en la zona. El exdelegado de Minería explicó cuál es la normativa vigente y cuáles son las competencias municipales y provinciales en el tema.
El intendente, Cecilio Salazar, difundió su participación en una reunión del Consejo Intermunicipal del Delta (CONINDELTA) y el concejal opositor Martín Rivas presentó un proyecto de ordenanza para crear la Dirección municipal de Producción Minera.
Este lunes, tras la publicación de la noticia en La Opinión, el exdelegado de Minería de la provincia en San Pedro, el geólogo Enrique Hopman, envió el texto que se publica a continuación para hacer algunas aclaraciones a la propuesta del edil de Juntos por el Cambio:
"Ante la intervención de un concejal sobre la cuestión minera, es interesante que se toque el tema minero en San Pedro. Puedo aclarar su historia.
Hasta 1981, aproximadamente la Provincia cobraba el canon arenero a través de la Dirección de Geodesia, pero más o menos en esa fecha se aprobó una Ley que designaba la creación del CONINDELTA (Consejo Intermunicipal del Delta) integrado por los municipios de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre y San Fernando.
La Provincia se reservaba el derecho de poner el valor del canon arenero y aplicar las multas al no cumplimiento de las reglas de extracción minera de la época.
La presidencia del CONINDELTA y el manejo administrativo siempre fue rotativo por acuerdos del cuerpo, cuya única financiación surge, siempre, de la recaudación del canon arenero.
En 1984 se creó la Dirección Provincial de Geología, Minería y Aguas Subterráneas de la Provincia (hoy Subsecretaria de Minería y Geología, Ministerio de la Producción), y única Autoridad Minera provincial.
También se crearon delegaciones en las regiones mineras de Buenos Aires, una de ellas tuvo su sede en San Pedro desde 1985 a 1992, por un convenio con la Municipalidad de San Pedro.
El profesional geólogo delegado ocupó la Jefatura de Departamento de Policía Minera, con escalafón municipal, con incumbencia en inspecciones, labrado de actas, estadísticas, presencia en el río, haciendo de nexo entre la Autoridad Minera y el CONINDELTA, incluyendo otras actividades mineras y ambientales de la región.
Hacemos constar que en esa época estaba aún vigente la misma ley que nombramos al principio y no existía la legislación hoy vigente en temas mineros y ambientales.
Desde 1992 a 1995 la Delegación de Minería depende directamente de la presidencia de CONINDELTA y desde esa fecha no hubo mas presencia profesional que representara a la Autoridad Minera en la Región.
Hoy día las extracciones mineras deben cumplir con tres requisitos: 1- las empresas responsables deben estar registradas como Productor Minero de la PBA; 2- Cada embarcación debe obtener un permiso de extracción con toda su documentación legal, permisos de navegación y declaratoria de la Subsecretaria de Puertos y Vías Navegables, que además les exige tener permisos para las distintas zonas habilitadas de los ríos Paraná, Uruguay y afluentes; y 3- cada empresa/embarcaciones deben obtener una declaratoria de Impacto Ambiental que es aprobada por el Ministerio de Ambiente.
El CONINDELTA sólo cobra el canon arenero y da los Libres Deuda para que las embarcaciones puedan operar. En cuanto a lo que cada Municipio hace con lo recaudado, generalmente lo recaudado se reparte entre los 9 municipios en partes iguales.
Antes se presentaban proyectos de obras referidas al río, la costa, etc. Recuerdo que en época del Dr. Sanchez, se usó para habilitar un laboratorio de agua".
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y de suelos, que se usó, por ejemplo para estudios en la laguna y de la calidad de agua de la ciudad, obras en el balneario municipal, etc.
Las estadísticas sobre la extracción de arena en la PBA las llevan CONINDELTA y la Subsecretaría de Minería y Geología de la PBA, y hay que destacar que no toda la arena que se descarga en las areneras de San Pedro se extrae de Buenos Aires.
Muchos de los yacimientos ricos en arena, cercanos a nuestro puerto, son jurisdicción de Entre Rios, que tiene una forma de habilitación y recaudación distintas, y que en la zona de referencia, está centralizada en Paraná, en las Secretarías de Ambiente y de Subsecretaria de Minería entrerrianas, respectivamente.
Lic. en Geología Enrique Hopman
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