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    ARCA actualizó las escalas del Monotributo: cuánto se podrá facturar por mes desde agosto

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incrementó un 16,8% los topes de facturación y las cuotas del Monotributo. Los nuevos valores regirán para la recategorización del segundo semestre de 2026 y se aplicarán a los pagos con vencimiento desde agosto.

    2 de agosto de 2026 | 17:17
    La actualización de las escalas del Monotributo llegaron con un aumento del 16,8 %.
    La actualización de las escalas del Monotributo llegaron con un aumento del 16,8 %.

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la actualización de las escalas del Monotributo con un aumento del 16,8 % tanto en los límites de facturación como en los importes de las cuotas mensuales.

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    La modificación corresponde a la actualización semestral prevista para el régimen simplificado y será utilizada para la recategorización del segundo semestre de 2026. Los nuevos valores comenzarán a aplicarse en los pagos con vencimiento desde agosto.

    Si bien el régimen toma como referencia la facturación acumulada de los últimos doce meses, muchos contribuyentes utilizan un cálculo mensual como guía para controlar sus ingresos y evitar superar el límite de la categoría en la que se encuentran inscriptos.

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    ARCA recordó que esa referencia mensual es orientativa y que el parámetro válido para la recategorización continúa siendo el monto anual facturado.

    Con los nuevos topes, los límites orientativos de facturación mensual quedaron establecidos de la siguiente manera:

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    Categoría A: hasta $ 1.000.784,20.

    Categoría B: hasta $ 1.466.265,23.

    Categoría C: hasta $ 2.055.874,53.

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    Categoría D: hasta $ 2.552.387,62.

    Categoría E: hasta $ 3.002.352,61.

    Categoría F: hasta $ 3.762.638,28.

    Categoría G: hasta $ 4.499.649,91.

    Categoría H: hasta $ 6.827.055,03.

    Categoría I: hasta $ 7.641.646,83.

    Categoría J: hasta $ 8.751.043,27.

    Categoría K: hasta $ 10.550.903,23.

    La actualización alcanza tanto a quienes prestan servicios como a quienes venden bienes, aunque las categorías habilitadas difieren según la actividad desarrollada. Los nuevos parámetros también implican un ajuste en las cuotas mensuales que deberán abonar los monotributistas.

     

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