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    Aprobaron la norma que regula a los carribares, con cinco espacios para que se ubiquen

    El Concejo Deliberante sancionó este jueves una ordenanza que establece mecanismos para la habilitación de estructuras móviles adaptadas para preparación y venta de alimentos y bebidas. La norma prevé cinco espacios públicos que serán concursados para otorgar los permisos. El Concejal Pelletier aseguró que se contemplarán nuevos lugares, si es necesario.

    28 de julio de 2016 | 14:29
    Aprobaron la norma que regula a los carribares, con cinco espacios para que se ubiquen

    Por unanimidad, los concejales aprobaron este jueves la ordenanza que regula la actividad de carribares, con especificaciones precisas respecto de qué requisitos hay que cumplir para habilitar este tipo de comercios, definidos como "todo aquel vehículo autopropulsado, carro de arrastre o estructura móvil adaptada para la preparación, venta y/o expendio de bebidas".

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    Quienes deseen desarrollar esta actividad deberán "concursar" para la concesión de uno de los cinco espacios que prevé la ordenanza: Paseo Público, en el área del exbalneario; Paseo Público II; Vía Crucis; Plazoleta Fray Cayetano Rodríguez; Avenida Juan de Garay y continuación simbólica de calle Mitre, donde finaliza la escalera de madera.

    Para el caso de que se necesite o considere la posibilida de agregar otros espacios, sólo podrá hacerse vía ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante. "Se va a ir viendo sobre la marcha", dijo el concejal de Cambiemos Gerardo Pelletier y confirmó que en un futuro puede ampliarse".

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    Un carribar no puede exceder los 11 metros de largo, 3,5 m de alto y 2,5 de ancho, y debe cumplir con una serie de requisitos bromatológicos que serán controlados por el área municipal correspondiente. Por supuesto, deben hacer el trámite de habilitación corrrespondiente en la Dirección de Comercio.

    Las habilitaciones serán por un año y medio, con la posibilidad de prórroga por el mismo plazo, y se pagará un canon que dispondrá el Ejecutivo para cada espacio a ceder. El titular del comercio deberá hacerse responsable de la limpieza el sitio ocupado.

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    La norma prohibe la difusión de música con parlantes por encima de los 30 decibeles y utilizar iluminación auxiliar que pueda afectar a los vecinos. "Lo que hicimos fue crear un marco general para la actividad, la reglamentación queda por cuenta y orden del Ejecutivo", explicó Pelletier.

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