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    Jubilaciones: Prorrogan la moratoria para mujeres “amas de casa” que vencía en Julio

    Este 23 de julio vencía el plazo de la jubilación para amas de casa, mujeres de entre 60 y 65 años que no completaron los aportes, sin embargo se informó que se decidió extender el plazo al menos por tres años más. El Director Ejecutivo de ANSES, Emilio Basavilbaso, sostuvo que "estas mujeres se pusieron la vida al hombro como cualquier trabajador. El problema es que algunas tenían un empleador que quizá no les hacía los aportes".

    27 de junio de 2019 | 15:37
    Jubilaciones: Prorrogan la moratoria para mujeres “amas de casa” que vencía en Julio

    Anses prorrogó por tres años más la moratoria Ley 26.970, conocida como la jubilación de las amas de casa, vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria, entre 60 y hasta 65 años. Para adherirse a esta moratoria, las trabajadoras que cumplan la evaluación socioeconómica podrán incluir períodos laborales comprendidos entre los 18 años de edad de la titular y el 31/12/2003.

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    La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad. En el caso de los hombres que hayan cumplido la edad jubilatoria antes del vencimiento anterior de esta moratoria (18/09/16), por los próximos tres años pueden solicitar la adhesión.

    El Director Ejecutivo de ANSES, Emilio Basavilbaso, sostuvo que "estas mujeres se pusieron la vida al hombro como cualquier trabajador. El problema es que algunas tenían un empleador que quizá no les hacía los aportes. Otras tuvieron trabajos no registrados. Hay muchas historias distintas, pero lo que es común en todas ellas es que se quedaron afuera del sistema por la informalidad laboral que lamentablemente afecta desde hace décadas a nuestro país".

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    "Atento a la proximidad del vencimiento del plazo de vigencia y a los efectos de continuar garantizando el acceso al beneficio previsional, a las mujeres que presentan un mayor grado de vulnerabilidad, resulta oportuno recurrir a la facultad de prorrogar el mismo conforme a la ley 26.970, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 22 de la ley 27.260”, dice la Resolución publicada en el Boletín Oficial.

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