AFIP: se pueden tramitar créditos a tasa subsidiada y el Repro
Debe hacerse a través del sistema por la página web y aquellas empresas que se registraron en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) tienen prórroga hasta el 6 de diciembre.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que está habilitado el sistema para tramitar créditos a tasa subsidiada y el Programa de Recuperación Productiva (Repro) II del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Aquellas empresas que accedieron al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) tienen prórroga hasta el 6 de diciembre para hacer el procedimiento a través de la página web.
Las firmas que no desarrollan actividades críticas en el marco de crisis sanitaria por la pandemia de coronavirus y registran una nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 pueden tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27% o solicitar el Repro II para el que deberán presentar el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa.
Las empresas que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35% están en condiciones de pedir un crédito a tasa subsidiada al 33%.
Los créditos contarán con un período de gracia de tres meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Los que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de
Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.
Por último, los empleadores que obtengan créditos a tasa subsidiada tendrán tres meses de gracia y el reembolso será a partir del cuarto en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión