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    AFIP: se pueden tramitar créditos a tasa subsidiada y el Repro

    Debe hacerse a través del sistema por la página web y aquellas empresas que se registraron en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) tienen prórroga hasta el 6 de diciembre.

    3 de diciembre de 2020 | 05:27
    AFIP: se pueden tramitar créditos a tasa subsidiada y el Repro

    La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que está habilitado el sistema para tramitar créditos a tasa subsidiada y el Programa de Recuperación Productiva (Repro) II del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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    Aquellas empresas que accedieron al Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) tienen prórroga hasta el 6 de diciembre para hacer el procedimiento a través de la página web.

    Las firmas que no desarrollan actividades críticas en el marco de crisis sanitaria por la pandemia de coronavirus y registran una nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 pueden tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27% o solicitar el Repro II para el que deberán presentar el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa.

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    Las empresas que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35% están en condiciones de pedir un crédito a tasa subsidiada al 33%.

    Los créditos contarán con un período de gracia de tres meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Los que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de
    Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

    Por último, los empleadores que obtengan créditos a tasa subsidiada tendrán tres meses de gracia y el reembolso será a partir del cuarto en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

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