$300 para comercio
Mediante un acuerdo firmado por el Ministerio de Trabajo de la Nación y el Sindicato de Empleados de Comercio, todos los trabajadores comprendidos en el marco del convenio del año 1975 cobrarán una asignación compensatoria especial y extraordinaria no remunerativa por única vez, de $300, distribuidas entre los meses de Enero, Febrero y Marzo. De esta manera, los empleadores deberán efectivizar junto al sueldo esta asignación de $100 mensuales para los trabajadores que cumplan jornada completa de 8 horas y una suma proporcional, en caso de cumplir media jornada. Esta asignación se liquidará por separado bajo la denominación “asignación acuerdo Enero 08”. Cabe destacar que al ser una suma no remunerativa no se tomará en cuenta para aportes jubilatorios o contribuciones a la obra social.