Tanto morosos como cumplidores deben presentarse en la Municipalidad
La moratoria aprobada por el Concejo Deliberante en 2014 se puso en marcha ayer. Quienes adeuden tasas y contribuciones pueden acceder a planes de pago y descuentos. Los que están al día con sus obligaciones tendrán que acreditar su condición y reempadronarse para no perder los beneficios y descuentos. Qué hay que presentar y por qué los que cumplen deben justificar su situación.
Si no debo nada”, fue la respuesta de un jubilado que ayer cuando preguntó por el vencimiento de Servicios Sanitarios fue invitado a reempadronarse en el Salón Dorado Municipal. Es que aun sin deudas hay que tramitar la inscripción en el nuevo padrón que confecciona el municipio en el marco de una moratoria para deudores de tasas y contribuciones. Paralelamente, intentan construir una nueva base de datos que como mínimo alcanza a 19.000 titulares de ABL y cerca de 16.000 de Servicios Sanitarios, por sólo citar dos ejemplos.
El que debe viene a pagar en cuotas y el que nunca debe también tiene que asistir. Esa es la consigna para todos los vecinos del casco urbano y las localidades del partido de San Pedro.
“Es la presunción de culpabilidad”, dijo un abogado consultado por este medio. “El Estado municipal debe saber en qué condición se encuentra cada uno, como la AFIP o ARBA”, sostuvo en relación a que son los entes de recaudación quienes deben tener al día sus padrones o actualizarlos detectando irregularidades.
Aun así, es conveniente presentarse porque aquel que no lo haga perderá beneficios por cumplimiento y en pocos meses estará obligado a asistir cuando el Municipio retire de sus recibos de tasas los beneficios que percibía ya sea por ser jubilado o por ser merecedor del descuento de buen cumplimiento en el pago de sus obligaciones.
Guste o no guste, es así porque hay un decreto de 2014 prorrogado en 2015 que determina que todo titular de servicios del Municipio debe dejar sus datos para que, pasados los meses, el Estado local pueda incorporarse con datos puros al sistema RAFAM.
Para quién es la moratoria
Según la Ordenanza 6.111 rige para todos aquellos que posean deudas desde 2008 al 31 de diciembre de 2013. Estará vigente por 60 días y con posibilidades de prórroga.
Su artículo 1° indica: “Establécese con carácter general el Programa de Regularización de Obligaciones Tributarias, para los contribuyentes que adeuden tasas, canones, derechos, contribuciones, otras obligaciones, multas por todo concepto, anticipos, devengados al 31/12/13 y cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Municipalidad de San Pedro”.
Aunque también están comprendidos “los contribuyentes que tengan obligaciones municipales en ejecución judicial, como así también los que se encuentren en intimación administrativa o extrajudicial, podrán acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, allanándose a la acción y el derecho en las causas en que se persiga el cumplimiento de la deuda, haciéndose cargo, en el primero, de las costas y costos judiciales y de los honorarios profesionales”
Están comprendidas todas las tasas, contribuciones, derechos y servicios que percibe el municipio en cualquier concepto. Por ejemplo derechos de cementerio, canon de publicidad y propaganda, derechos de obras en construcción, patentes municipalizadas, entre otras.
CUITIFICAR hasta
el ciclomotor
“Queremos CUITIFICAR la base”, dijo –neologismo aparte– el Director de Rentas municipal a La Opinión en la mañana de ayer. El vocablo que utilizó el abogado Christian Rial no es ni más ni menos que la generación de una cuenta única para cada contribuyente. Una vez reempadronados “migraremos todos los datos al programa RAFAM y cuando pongamos el número de Cuit o documento de una persona saltarán todas las cuentas que tiene activas con el municipio. Si paga ABL, Servicios Sanitarios y hasta si tiene una moto con la patente correspondiente”.
“Hoy asesoramos mucha gente. Dimos 70 números pero vino mucha más y los primeros en llegar son gente mayor y buenos contribuyentes”, destacó Christian Rial tras concluir la primera jornada.
La aspiración es importante toda vez que se piensa que en ese sentido esta es una comuna que va siempre detrás de deudas que muchas veces no se pueden intimar. Un solo ejemplo invita a la imaginación y a la esperanza desmedida: en un control de tránsito se detecta una moto que no tiene patente, su titular no se ha reempadronado y por lo tanto no se le emiten recibos. “Puede ser secuestrada, no sé donde pondríamos el depósito”, dijo Rial en obvia referencia a las miles de motos que a diario circulan por la ciudad.
Otro detalle que brindó es que el reempadronamiento no requiere de una presentación personal, puede hacerlo un gestor o un apoderado en nombre de una empresa o familia con el número de documento, CUIT o CUIL del titular.
El respaldo digital
Como es sabido, el retraso digital de la comuna de San Pedro ha sido y es evidente. Muchos municipios de la Provincia que adhirieron al Programa de Modernización del Estado no sólo tienen computadoras de última generación sino programas compatibles para el cruzamiento de datos con ARBA y AFIP.
Con este “reempadronamiento” que ahora pretende la comuna se puede armar un registro actualizado pero no hay garantías sobre su continuidad y eficiencia a la hora de detectar evasores de manera automática, como sucede con otros organismos.
Eso también ha generado “avivadas” de todo tipo por parte de quienes ponen sus tasas a nombre de algún jubilado de la familia o los que no poseen escrituras para acreditar la titularidad de un inmueble y hasta las propias inmobiliarias que aprovechan estas debilidades para efectuar transacciones que no respetan la legislación vigente.
La nueva base de datos que se intenta construir deberá pasar por tamices y filtros de transparencia absoluta y la pregunta es quién o quiénes van a monitorear el proceso para evitar que se registren propiedades en situación precaria que luego tramitan una posesión, como ya ha sucedido y puede comprobarse con sólo transitar la zona costera o predios que han sido loteados estando “flojos de papeles”. Esto el gobierno lo sabe pero nunca pudo controlar aunque sean de público conocimiento.
“Si sólo se toma los 16.000 contribuyentes de ABL, a 70 números por día se necesitan 228,57 días para atenderlos a todos”, dijo un integrante del staff de este semanario acostumbrado a los números.
Sólo con consultar las bases de datos de la Coopser se podría proceder a una “gran limpieza” para obtener una mejor recaudación. Ante este razonamiento de La Opinión, Rial dijo: “El año pasado intimé a todos los propietarios de loteos y vinieron de inmediato a regularizar la situación. Sucedió también con embargos que hicimos sobre cuentas bancarias a comercios que no pagaron la tasa de publicidad y propaganda. Todos se presentaron, aunque hacía tres años que los intimábamos”. Según se supo habrían sido más de diez los comerciantes que se encontraron con la sorpresa de no poder operar en su entidad bancaria.
Preguntado sobre los edificios que se han construido por doquier en los últimos años, Rial dijo: “Aunque no estén escriturados, nosotros cobramos igual a quien figure como titular”. Es que presentando el boleto de compra venta también se puede acceder a los planes. En ese caso se los inscribe como “destinatarios”, al igual que los que presentan un contrato de alquiler en el que se comprometen a pagar tasas.
Para pagar las deudas
ABL, Red Vial y Servicios Sanitarios: Copia de escritura traslativa de dominio o boleto de compraventa y/o cualquier documentación que tengan (queda sujeta a revisión). En los casos que exista subdivisión adjuntar plano.
Tasa de Seguridad e Higiene: Certificado de habilitación En caso de transferencia copia del contrato.
Derechos de publicidad y propaganda: Declaración Jurada Anual. Copia de habilitación del comercio. Copia del contrato de publicidad y/o de franquicia y/o suministro. Cualquier otra documentación pública o privada que responsabilice al representante.
Patentes de autos y motocicletas: Copia del Título de Propiedad y/o factura de compra o constancia de baja impositiva y registral para el caso de motocicletas. Copia del formulario 31 A y título de propiedad o comprobante de baja por cambio de radicación emitido por el registro de origen en el caso de los automotores.
Derechos de Cementerio: Copia de título de propiedad y/o constancia de titularidad y/o constancia de transferencia de titularidad.
¿Qué pasa si no me presento?
Ante esta pregunta, la respuesta es casi cruel para quien ha cumplido toda la vida. Quien no se presenta pierde todos sus beneficios ya sean descuentos por no tener deudas, por pago adelantado o quitas especiales por ser jubilado. En el municipio creen que aunque resulte engorroso ese contribuyente notará la diferencia y se presentará a reempadronarse para recuperar sus beneficios.
Los planes de pago
La ordenanza permite planes de pago de hasta 24 cuotas más una posibilidad de extenderse por 12 cuotas más en caso que el contribuyente no pueda afrontarlo. “Tratamos de proteger sobre todo a los jubilados y a la gente que menos tiene y siempre cumple”, dijo el titular de la cartera de Rentas de la Municipalidad.
Monto mínimo de 100 pesos.
Quien abone al contado se le efectúa una quita del 15 por ciento sobre la deuda.
Quien abone en seis cuotas percibirá un descuento del 10 por ciento.
Quien pague con un plan de entre 7 y 24 cuotas abonará con un interés del 24 por ciento anual.
Quien sea titular de vivienda única que no supere la valuación de los bienes de familia y elija pagar en un plazo de entre 7 y 24 cuotas, sólo abonará un 3 por ciento de interés anual.