La Justicia obliga a la Municipalidad a pagarle a la enfermera del caso Aldana Correa
El fallo de la Jueza Fulghieri rechaza las pretensiones económicas de Elisa Carmen Umeres, quien pedía que le reconozcan salarios desde que dejó de trabajar en 1998 luego de aplicarle una inyección letal por error a la pequeña Aldana. Sin embargo, como el Municipio no cerró el sumario, deberá pagarle entre 350.000 y 500.000 pesos. Asesoría Letrada estudia el caso para apelar la decisión.
Elisa Carmen Umeres, la enfermera de la Guardia del Hospital que en 1998 le aplicó una inyección a la pequeña Aldana Correa con un medicamento que no correspondía, lo que le costó la vida, había reclamado dinero al Estado local porque la causa penal en la que fue condenada en primera y segunda instancia prescribió por el paso del tiempo sin que la Corte Suprema se haya expedido al respecto. Sin embargo, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo rechazó sus pretensiones.
Aun así la Jueza María Isabel Fulghieri estableció en su fallo que el Municipio de San Pedro deberá pagarle a la exenfermera los salarios que no cobró desde febrero de 2010, cuando finalizó el juicio civil por el que el Estado local tuvo que pagarles 200 mil pesos a la familia Correa como indemnización por el trágico hecho.
Lo que la Jueza entendió en su fallo es que a Umeres no le correspondía reclamar salarios producto de la prescripción de la causa que la condenó, ya que a pesar del paso del tiempo, en el expediente está probada su responsabilidad, la que de hecho recayó sobre el Municipio en la demanda civil.
Sin embargo, también entendió que el Municipio debería haber convocado a la Junta de Disciplina y resolver el sumario respecto del despido con causa para Umeres, lo que hasta ahora nunca hizo. Por ello exige que se haga esa tarea y que se le pague a la exenfermera los cinco años de demora.
El cálculo inicial que hicieron en la Municipalidad da entre 350.000 y 500.000 pesos, lo que para el Gobierno actual es inconcebible, por lo que el Director de Asesoría Letrada José Ignacio Macchia prepara la apelación al fallo de Fulghieri, que presentará a finales de la semana próxima.
El reclamo original
Elisa Carmen Umeres pidió ante la Justicia que el Municipio le pagara los salarios caídos desde que en el año 2000 un decreto ratificó la suspensión preventiva dictada apenas sucedió el hecho y le quitó el beneficio de goce de haberes luego de que fuera condenada a tres años de prisión y diez de inhabilitación profesional por el caso.
Es que sus abogados apelaron. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó el fallo y el reclamo de parte llegó a la Suprema Corte Bonaerense, cuyos magistrados establecieron en 2005 que, por tratarse de una cuestión de orden público, el transcurso del tiempo obligaba a la declaración de prescripción al haber pasado los tres años previstos para la pena impuesta.
En 2006, con la decisión del Supremo Tribunal, Umeres pidió la reincorporación a sus labores de enfermera, donde se desempeñaba desde 1981. Dos años más tarde, ante el silencio del Estado local, presentó la demanda ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, cuyo fallo fue publicado el viernes pasado.
En un extenso escrito en el que la Jueza repasa los hechos de 1998, las responsabilidades de la empleada municipal que se desprenden de las actuaciones penales, civiles y administrativas, además de las idas y vueltas de cada expediente desde entonces.
Fulghieri contra Umeres
Para la Jueza, los resultados de las investigaciones que expresan los procesos penales y civiles y el expediente administrativo municipal no dejan dudas de que Umeres tuvo responsabilidad activa en la muerte de Aldana Correa.
“Era la responsable de la reposición de los medicamentos para pediatría y fue quien tomó los frascos de la farmacia y quien le aplicó la inyección a la víctima”, recordó en el fallo y citó a una testigo que “admitió que la inyección a la niña se la colocó la enfermera Umeres”, lo que le ocasionó “la descompostura que llevó a la muerte a la nena, en estadio inmediato posterior a la colocación de esa inyección”.
Así, Fulghieri señaló que quedó demostrada “la evidencia de su clara conducta negligente, violatoria del deber de cuidado y diligencia que era de su exclusiva incumbencia como enfermera pediátrica”.
En la sala de enfermería, en la caja donde se guardaban los medicamentos de pediatría, existían frascos de succinilcolina parecidos en su formato y logo a los de hidrocortisona, prescripto a Aldana, con la diferencia de que el primero tiene como ilustración una calavera de peligro.
La confusión entre uno y otro, que le costó la vida a la niña, quedó establecida como actitud “negligente y descuidada”.
“El día del hecho había muchos chicos con problemas bronquiales, incluida esta nena”, dijo la acusada en su defensa y agregó que “ya había atendido antes a tres chicos con el mismo problema”.
“A todos, inclusive a la nena, les aplicó la misma medicación que era hidrocortisona y la nebulizó”, fue parte del relato de la Defensa en el juicio. Umeres rechazó que la droga suministrada hubiera causado la muerte de Aldana con el argumento de que “si no, hubieran fallecido los otros tres chiquitos” ya que a todos les aplicó la misma medicación”,
“La aplicación del medicamento erróneo a la víctima está acreditada con la pericia médica; el faltante del medicamento con la inspección efectuada en la farmacia y el testimonio del otro agente sumariado”, señala el fallo publicado el viernes.
La apelación municipal
Consultado para esta página, el Director de Asesoría Letrada municipal José Ignacio Macchia indicó que apelará el fallo de Fulghieri que obliga al Estado local a pagarle a Umeres.
“Hay diez días para apelar. Asesoría letrada cree que hay elementos suficientes para no reconocer estos haberes”, señaló el funcionario.
En el Gobierno creen que hay elementos sobrados y se apoyan en jurisprudencia que da cuentas de que no corresponde pagar por servicios no prestados; por otra parte, hay casos donde la Cámara ha reducido al 25 por ciento el monto a pagar.
Además, analizan la posibilidad de imponer una acción de repetición contra Umeres, ya que el Municipio pagó 200 mil pesos por su negligencia y buscarían exigirle el reintegro de ese dinero, como parte de lo que haya que pagarle, en caso de que la apelación no prospere o que la reducción del monto implique una suma con la que el Estado local no cuenta.
“El accionar desplegado por la Sra. Umeres en el cuerpo de la niña Aldana Soledad Correa trasunta una conducta por demás de impropia con las obligaciones de la enfermería pediátrica y la condena civil asumida en forma exclusiva por el municipio empleador, le generó a éste un perjuicio económico con grave afectación de las arcas fiscales, a consecuencia de la conducta culposa de Umeres”, dice el fallo de Fulghieri.