Intendente, concejales y funcionarios empezarán a pagar impuesto a las ganancias
El Tribunal de Cuentas se expidió respecto al reclamo que había hecho el concejal Sánchez Negrete y ordenó a la Municipalidad que retenga importes de los sueldos de aquellos en condiciones de tributar impuesto a las ganancias. Guacone, el que más pagará. Hay varios que tributan por su actividad privada. Dudas sobre a qué empleados les tocará comenzar a dejar una parte de su salario en la Afip.
La Subsecretaría de Recursos Humanos ya envió instructivo y formulario a los funcionarios para que completen los datos necesarios para que a partir de este mes se les descuente de su sueldo el concepto de impuesto a las ganancias, de acuerdo a la legislación vigente con la que el Estado local no cumplía.
Lo había denunciado el concejal Mario Sánchez Negrete en mayo pasado, cuando en el marco del análisis de la Rendición de Cuentas de 2011 descubrió que el Estado local no hacía ese descuento a quienes estuvieran alcanzados por el “mínimo no imponible”. Considerada una situación injusta, el edil elevó un pedido de informes al Ejecutivo y denunció en Afip.
Además, hubo una consulta al Tribunal de Cuentas que esta semana se expidió al respecto y anunció que hay que pagar. El dictamen del organismo que controla las finanzas públicas dice que el Departamento Ejecutivo “debe cumplir con lo normado con la Resolución General 1.261 de la Afip y, en consecuencia, retener el Impuesto a las Ganancias a los funcionarios municipales”, según explicó el concejal del Frente de Todos.
Quiénes y cuanto
En principio, los alcanzados por el gravamen son, por supuesto, los funcionarios políticos y concejales, cuyos salarios y dietas superan ampliamente el mínimo no imponible. Para el cálculo de la oposición, son los más y por ello lo que consideran “injusto” respecto a otros trabajadores de otras actividades que tributan.
En un primer análisis, desde la Subsecretaría de Recursos Humanos habían calculado que serían “319 agentes alcanzados por el piso que marca el impuesto a las ganancias”, es decir aproximadamente un 36 por ciento de la grilla de empleados del Municipio.
“Hay de todas las áreas, principalmente las que comprenden personal más calificado y en consecuencia de mayor categoría, por ejemplo Inspección, Obras Públicas, Personal de Salud, etc.”, había señalado Daniel Porta.
El funcionario informó esta semana a La Opinión que el instructivo y los formularios ya llegaron a cada funcionario, y explicó que es muy difícil establecer sin esos datos cuánto deberá pagar cada uno. “Hay muchas variables para el cálculo, por lo que hasta que no esté liquidado es difícil de prever cuánto le toca a cada uno”, indicó.
“Estimo que en el sueldo del intendente serán 10.000 pesos mensuales, como mínimo, en una estimación rápida”, dijo Sánchez Negrete, quien hizo ese cálculo sobre el sueldo bruto de Guacone, que es de 71.183,434 pesos.
La tabla tiene muchas variables y posibilidades de obtener descuentos sobre el monto a pagar. “Los más previsores ya tomaron créditos hipotecarios, compraron por leasing, etc.”, bromearon y no tanto dentro del Gobierno.
Lo cierto es que hay muchas variantes y es difícil calcular la retención sin conocer las deducciones que puede tener cada uno. El Subsecretario de Recursos Humanos Daniel Porta informó que están “avanzando en la instrumentación, adaptando el sistema de liquidación, confección de formularios, etc.”.
Sánchez Negrete siempre desconfió del número de 319 empleados. “Es imposible”, supo decir y explicó que la tabla de cálculo para establecer quién y cuánto paga señala que “estarán alcanzados los que ganan por sobre 10.000 pesos, aproximadamente, y algunos pagarán muy poco”.
En mayo pasado, el cálculo que realizó La Opinión sobre un simulador daba cuentas de que un empleado que gane 10.000 pesos de bruto, tenga un hijo y esté casado (características que obligan a deducciones sobre lo que debe abonar), tendrá una retención anual por ganancias de unos mil pesos totales, con 21 pesos promedio exceptuando junio y diciembre, meses de aguinaldo, que suman entre 400 y 425 cada uno.
La tabla para calcular
La Afip informa que los alcanzados por el impuesto a las ganancias son aquellos que están dentro de esta tabla y de allí hacia arriba de acuerdo a los montos percibidos en bruto por salario:
01.- Solteros sin cargas de familia que perciban anualmente:
$ 69.530 >> Promedio mensual: $ 5.782.
02.- Casados sin hijos, anualmente:
$ 82.925 >> Promedio mensual: $ 6.888 .
03.- Casados con un hijo, anualmente:
$ 89.550 >> Promedio mensual: $ 7.444.
04.- Casados con dos hijos, anualmente:
$ 96.170 >> Promedio mensual: $ 7.998.
“Esto era una obligación legal, el intendente estaba doblemente obligado a retener y a pagar, como cualquier hijo de vecino”, dijo el concejal que impulsó la medida, quien informó que habrá un retroactivo a pagar como deuda y que “tendrán que hacer un plan de pagos para regularizar”.
El edil consideró que “es ilógico que una persona que gane 7 mil pesos pague impuesto a las ganancias, pero la ley es la ley y es para todos” y sostuvo que “es injusto que un jubilado, un maestro, un policía paguen ganancias; no hay lógica que un intendente que gana 50 mil pesos no lo pague”.
Desde el gabinete, el Secretario de Gobierno Javier Silva dijo que “es un impuesto más con el que hay que cumplir” y consideró que “si el Tribunal de Cuentas así lo ha dicho, la oficina de personal hará los descuentos que correspondan”.
Respecto a lo que le tocará a los empleados municipales a los que alcance el descuento, analizó que “a veces muchos no aceptan o maldicen un aumento porque terminan cobrando menos por el descuento”.
Las “variantes” para pagar menos
El impuesto a las ganancias prevé deducciones que permiten descontar gastos del monto sobre el que se calcula el tributo a pagar. Estas deducciones son informadas mediante un formulario, que es el que Recursos Humanos ya entregó a los funcionarios.
Como el impuesto a las ganancias se cobra por adelantado y de acuerdo al concepto de “ganancias presuntas”, por lo general a esta altura del año los empleadores piden actualizar datos mediante declaración jurada para calcular lo que será el período fiscal siguiente.
Familiares a cargo y gastos médicos son algunos de las deducciones que se pueden realizar. Para la primera, es necesario que se trate de personas sin ingresos o con ingresos netos menores a $ 12.960 anuales, y que residan en el país. También pueden deducirse los hijos menores de 24 años, con una deducción de 14.400 pesos en total al año si se descuentan a ambos cónyuges.
Otros vínculos familiares pasibles de deducir son nieto, bisnieto, padre, madre, abuelo, bisabuelo, hermano menor o incapacitado, suegros, yerno y nuera, que descuentan 5.400 pesos anuales. El nieto es posible en la medida en que no lo deduzcan los padres.
Para gastos médicos, se pueden deducir las cuotas de planes de salud prepagos y las consultas de especialidades o internaciones. También se deducen medicamentos, aunque sólo los utilizados en casos de hospitalización. El máximo a deducir es del 40 por ciento de las facturas, siempre y cuando no superen el 5 por ciento de la ganancia del período.
De la misma manera, existen deducciones por seguro de vida, gastos de sepelios por muerte de algún familiar a cargo, donaciones de dinero a instituciones de bien público e intereses por créditos hipotecarios para vivienda.