Denuncian al Concejal Casini ante el Colegio de Abogados
Un cliente lo acusa de no haber depositado una suma de dinero correspondiente a un acuerdo en el marco de una causa laboral. Casini recibió el dinero en marzo pero nunca pagó. El hecho puede costarle la exclusión de la matrícula a nivel provincial. El abogado asegura que retuvo ese dinero como parte de sus honorarios. Los patrocinantes del involucrado en la causa no cobraron y comenzaron la ejecución del expediente.
Una grave denuncia contra el Concejal Carlos Casini fue presentada ante el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires por José Lata Liste, un cliente que asegura que el abogado se quedó con 13.260 pesos que le entregó para que pagara un acuerdo judicial en el marco de un expediente de un despido laboral.
El denunciante posee un recibo firmado por Casini que certifica la entrega del dinero con fecha 20 de marzo de 2010 y una carta documento en la que lo intima a hacer efectivo el pago “bajo apercibimiento de efectuar las denuncias correspondientes” ante el Colegio de Abogados, cosa que hizo efectiva el 26 de junio pasado.
Casini representó a Lata Liste en el expediente Giménez, Miguel Angel sobre despido, número 4660 que tramita el Tribunal de Trabajo N° 2 del Departamento Judicial de San Nicolás. La causa laboral arribó a un acuerdo conciliatorio en una audiencia que tuvo lugar el 8 de febrero de este año y fue homologado un mes más tarde.
En el marco de ese acuerdo con su ex empleado, Lata Liste acordó el pago de $10.000 y debía abonar $1.200 de honorarios a la Dra. Margarita Frisch, $1.200 de honorarios al Dr. Sosa, $ 640 a la Dra. Torrillo, más el 10 por ciento de aportes y $ 220 de Tasa de Justicia, lo que sumaba un total de 13.564 pesos.
“Con fecha 20 de marzo de 2010 me reuní con el Dr. Casini en sus oficinas a efectos de hacerle entrega de la suma de 13.260 pesos para el depósito de capital y de los honorarios en la cuenta que se abriría en el Banco de la Provincia de Buenos Aires como perteneciente a las actuaciones y el correspondiente a la Tasa de Justicia que me dijo se debía tributar, conceptos y montos todos que me adelantó en los días previos a la reunión telefónicamente”, detalla Lata Liste en su denuncia presentada al Presidente del Colegio de Abogados, fechada el 22 de junio y con sello de “recibida” en la fecha 26 de ese mes.
En la misiva, el denunciante acompaña “fotocopia certificada del recibo original” y asegura: “Que en mi presencia suscribió el Dr. Casini”. Ofrece además como prueba el expediente al que refiere y “para el supuesto de que se negare la firma del recibo que se le adjudique al denunciado, se designe perito caligráfico para que sea sometida a las pruebas necesarias tendientes a determinar la correspondencia o no de su puño y letra”.
Lata Liste señaló “Para mi sorpresa, recibo la lamentable noticia, ya pasados casi tres meses desde entonces, de que el Dr. Casini no ha depositado suma ninguna en el expediente ni tampoco canceló el pago de la Tasa de Justicia que el Tribunal dispuso debía pagarse”.
Consultado por La Opinión, Lata Liste dijo que, al cierre de esta edición aún no se había hecho efectivo el pago. “Me empiezan a reclamar a mí y si se cae la homologación del acuerdo el Juez puede intervenir y modificar la suma, lo que haría que tenga que pagar todavía más”, se quejó el denunciante.
Además, Lata Liste aseguró que presentará “una denuncia penal por estafa, por apropiación indebida, por robo, porque esto fue un robo”.
La causa puede costarle a Casini la expulsión de la matrícula de la Provincia, donde está habilitado para ejercer la profesión. Un abogado conocedor de los mecanismos del Colegio opinó que el caso es “de suma gravedad” y que “de probarse, la expulsión es segura, no va a poder trabajar más en la provincia de Buenos Aires”.
Palabra de Casini
Consultado por La Opinión respecto de esta situación, el ex delegado del Ministerio de Trabajo y ahora Concejal Casini dio su versión: “A Giménez se le ha satisfecho su crédito. Esto es una maniobra de este señor (Lata Liste) para eludir el pago de honorarios convenidos extrajudicialmente. En un expediente se regulan honorarios, los míos aún no están. Los abogados pactamos honorarios según el monto de la demanda, porque buscamos que el cliente tenga que pagar lo menos posible, pero nuestros honorarios son inversamente proporcionales, cuanto menos tenga que pagar el cliente, mejor hemos hecho el trabajo. En este caso debe ser de unos 50.000 pesos, la diferencia acordada es importante. Si yo cobro el 20 por ciento del beneficio, es muy poco. Es un pacto que está desde el primer día”.
El abogado reconoció que Lata Liste le dio los 13.560 pesos que señala en su denuncia: “Este tipo (Lata Liste) lo que hizo fue llevarme un dinero para pagar las costas del juicio de otros abogados y del expediente, y no me paga los honorarios. Hasta que no me los pague, ese dinero queda como honorario mío o en depósito hasta que me pague; porque si no, no le cobro más, o si no me va a pagar sobre lo que establezca el Juez, que va a ser según el monto acordado, que son 10.000 pesos”.
Ello porque, según lo establecido por ley, los honorarios se deducen según el monto total del juicio, en este caso 10.000 pesos, que es el acuerdo al que llegaron los abogados, aunque Casini sostenga que es poco y por eso es costumbre de los abogados establecer un acuerdo previo.
En ese sentido, el Concejal reconoce que en este caso lleva las de perder, al menos en lo que a dinero refiere: “Yo no tengo un convenio firmado con él. Lo que buscó, lo consiguió, que era no pagarme. Si Giménez no cobró, tendré que pagarle yo y cobraré sólo lo que el Juez determine”, dijo minutos después de asegurar “a Giménez se le ha satisfecho su crédito”.
“Esto lo hace para no pagar y para perjudicarme. Podríamos haberlo charlado antes de que haga la denuncia. Le hubiese dicho ‘bueno, no me pagues’, pero no puede hacerme esto, que me perjudica porque soy una figura pública”, dijo Casini.
No cobró nadie
Este semanario se comunicó con Margarita Frisch y Hugo Sosa, dos de los tres abogados que aparecen en la causa del lado de la familia Giménez, un casero de Lata Liste que le reclamaba por un despido.
Sosa aseguró que “nadie cobró nada. Ni yo, ni la familia de Giménez. Por eso empezamos la ejecución del juicio, porque ya pasó el tiempo que corresponde para que el abogado de la otra parte hiciera el depósito correspondiente”.
Frisch dijo lo mismo: “No se acreditó nada. Lo intimamos a Lata Liste para que se haga efectivo ese pago”.
Así las cosas, la familia Giménez no cobró, Lata Liste entregó un dinero por el que ahora mantiene una disputa con Casini, quien sostiene que ese monto le corresponde por honorarios pero no puede certificarlo con documentación, por lo que, a la hora de cobrar sólo lo hará de acuerdo a lo que el Juez disponga con arreglo al monto del acuerdo, que es de 10.000 pesos, por lo que le corresponderá alrededor de 2.000 pesos, bastante menos que lo que retuvo de lo que el denunciante le entregó.
Lo que sigue en el Colegio
Los pasos que siguen a la denuncia están a cargo del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Nicolás, al que pertenece Casini. La Ley de Etica Profesional que rige a los letrados señala que “las denuncias presentadas por el presunto damnificado y por cualquier otra persona física o jurídica deberán ser ratificadas. La citación a tal efecto, deberá formularse dentro de los quince días contados a partir de la primera reunión que se celebre con posterioridad a la recepción de la denuncia”.
Luego, el Consejo Directivo del Colegio debe requerir explicaciones al profesional denunciado, “quién deberá brindarlas dentro de los diez días de recepcionada la notificación”.
Una vez recibidas las explicaciones o vencido el plazo conferido para ello, el Consejo Directivo “resolverá en un plazo no mayor a sesenta días si hay o no lugar a la formación de causa disciplinaria”.
Una vez que el Consejo haya enviado las actuaciones al Tribunal de Disciplina, desde allí se dará conocimiento al imputado para que presente pruebas y defensa dentro de los quince días hábiles.
Luego de producidas las pruebas, el Tribunal “resolverá la causa dentro de los treinta días, comunicando la decisión al Consejo Directivo para su conocimiento”.
Las sanciones disciplinarias previstas en la Ley son “advertencia individual o en presencia del Consejo Directivo, según la importancia de la falta; multa; suspensión hasta por dos años en la matrícula profesional; y exclusión de la matrícula profesional”.
Esta última pena es la que podría caberle a Casini teniendo en cuenta la gravedad del caso, que de probarse su existencia se encuadraría en “la comisión de delitos de acción pública y/o privada y siempre que de las circunstancias del caso, cuyo juzgamiento compete al Tribunal de Disciplina, se desprendiere con evidencia la conducta dolosa de la profesión”.
Para la exclusión de la matrícula se necesitan dos tercios de los votos de los miembros del Tribunal. Las acciones disciplinarias que den lugar a la exclusión de la matrícula profesional prescriben a los cuatro años. Un abogado excluido de la matrícula profesional por sanción disciplinaria, “podrá ser admitido en la actividad cuando hubieren transcurrido cinco años de la resolución firme respectiva”.
El Consejo Superior del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de San Nicolás está presidido por el Dr. Luis María Dedomenici y sus Vicepresidente son los abogados Juan Sebastián Maggi y Carlos Galassi.
El Tribunal de Disciplina lo integran Jorge Mariezcurrena, Juan Carlos Marcone, Alberto Muscolino, Jorge Mario Sivori y Héctor Angel Mucilli.
Los abogados consultados por La Opinión coinciden en señalar la rigurosidad del Consejo y el Tribunal y recuerdan que “la esencia de su deber profesional (del abogado) es consagrarse enteramente a los intereses de su cliente, y poner en la defensa de los derechos del mismo su celo, saber y habilidad, siempre con estricta sujeción a las normas morales”.
Lata Liste pidió al Colegio que “tenga a bien oportunamente sancionar al Dr. Casini con el máximo rigor de la ley que rige la profesión, por haber violado las normas elementales que un abogado debe respetar como el derecho a la propiedad, el del cumplimiento de los pactos y de la palabra empeñada, buena fe, más allá de los que los deberes de la moral y la ética en el ejercicio de la actividad abogadil le están impuestos”.